sábado, 18 de enero de 2014

Con Buena Letra, mucho más que un blog

Con Buena Letra es un blog de reciente creación que nació para ser punto bloguero dirigido a un amplio grupo posible de personas, con inquietudes y gustos por la lectura en temas variados, desde la mediación hasta el derecho, pasando por microcuentos, frases de reflexión,... donde es primordial vuestra participación.
 
Teniendo en cuenta que, además de la mediación, el Derecho es mi otra pasión también vamos a empezar, en breve, a publicar post, artículos, jurisprudencia relacionados con aquellos temas de más relevancia en la actualidad para ustedes, de ahí la necesidad y mi mayor deseo, de que me hagaís llegar vuestra opinión e interés en los asuntos a tratar, para tenerlo en cuenta, en la medida de lo posible.
 
Asimismo, aprovecho estas líneas para informaros que presto como abogada ejerciente  asesoramiento e intervención en materia jurídica y, atendiendo al tipo de asunto conflictivo que plantee y su mas adecuada gestión y resolución, se le informa al cliente de la posibilidad de resolver el conflicto a través de medios alternativos a la vía judicial, como es la mediación.
 
Para ello, le ofrezco una atención personalizada en materia jurídica o, a través de un equipo cualificado de personas de distintas áreas profesionales, en métodos alternativo  de resolución de conflicto, como la mediación.
 
En materia jurídica tengo conocimientos jurídicos en: 
 
 * Civil (familia, reclamación de cantidades,  testamentos y sucesiones, ...)
 * Laboral (despido, reclamación de cantidades, ...)
 * Tráfico (reclamación judicial/extrajudicial de indemnizaciones por daños personales y materiales, lesiones en accidente de tráfico, incapacidades...),
 * Administrativo (oposiciones y concursos, recursos y otras reclamaciones administrativas, responsabilidad patrimonial, reclamación de cantidad...)
 * Penal (querella y denuncias, injurias, atentado contra el derecho al honor, lesiones, delitos contra la seguridad del tráfico, ...)
 * Sanitario (laboral-administrativo)
 
 
En materia mediadora, realizamos:
* Intervenciones en materia familiar, civil y sanitaria
 
 
Y próximamente, ofreceremos servicios de formación.
 
 
 
Para un primer contacto, pueden enviar un email a  abogadareyescoto@gmail.com indicando obligatoriamente nombre y apellidos, email/teléfono de contacto y asunto. Contactaremos lo antes posible con usted, al objeto de ofrecerle una cita personalizada. 
 
 
                                                                   
                                          by Reyes Coto Jiménez
                       
 
 
 
 
 
 







domingo, 12 de enero de 2014

CIUDADANOS Y MEDIADORES, ¿CONOCEMOS LA MEDIACION?

Que la mediación es una alternativa de resolución extrajudicial de conflictos es una cuestión que no nos es ajena en los tiempos actuales, que cada vez toma mas fuerza a raíz de la proliferación de servicios y entidades de mediación creadas, que ofrecen servicios de intervención a ciudadanos, sobre todo, en el ámbito familiar y comunitario,  y de escuelas de formación para complementar la formación ya adquirida por mediadores profesionales o para iniciar a distintos profesionales en este ámbito de gestión y resolución de conflicto.
                  
Su utilidad y eficacia ha sido demostrada en materia de familia y en proyectos educativos, siendo dudosa o, al menos, discutida su eficiencia en otros sectores como el hipotecario o, tras la última regulación normativa publicada en el mes de diciembre, la concursal, dónde se pone en entredicho principios y requisitos procedimentales propios que diferencia la mediación de otros métodos alternativos de resolución de conflictos.
                      
Problema que me preocupa y que me anima a escribir este post no es en qué materia la mediación es viable o no, sino si estamos haciendo una labor de difusión y acercamiento de la misma a la ciudadanía, de forma clara, comprensible y profesional desde los distintos estamentos sociales y políticos, o estamos dedicándonos -vamos a meternos todos y, sálvese el que este libre de pecado- a aprovechar este tirón para arrimar las ascuas a nuestro brasero, y mientras este boom dure intentar sacarle un beneficio económico, nada de malo por cuanto que los profesionales han de ser retribuidos en sus servicios; pero, ¿están lo suficiente informado los ciudadanos sobre qué es mediación y cómo se hace la misma?, ¿cómo detectar casos de intrusismo?, ¿cómo saber si los precios de los distintos servicios en mediación son acordes y proporcionales a los servicios prestados a los mediados?, ¿ante una materia nueva en el plano práctico -salvo en ámbito familiar y poco mas-, ¿quién nos dice que los contenidos de los cursos son los adecuados para formar en mediación?.
 
 
 
 
 
En fin, habrá tantas opiniones sobre tema como gama de colores existen. Cómo podréis comprobar me preocupa que la mediación sea, al igual que determinadas profesiones, de carácter vocacional, puesta al servicio y beneficio de la ciudadanía que quiera optar por ella, el profesional mediador no sólo debe ser sino sentir la misma sin interferir cuestiones de índole personales o económicas propias; si bien, no quita por ello que no se retribuya el trabajo del mediador.
 
Acabo con una definición del profesor y mediador profesional D. Antonio Veigas Olivares, leída este fin de semana en una conocida red social, que resume el verdadero espíritu y razón de ser de este post "Ser Mediador no solo es hacer un curso... Es tener algo en el carácter que te hace diferente. Ni mejor ni peor, sólo diferente".

                                                                  By Reyes Coto Jiménez
       

jueves, 9 de enero de 2014

Decálogo el Mediador/a, por Linda Singer

No hace mucho leí una publicación del año 1990 perteneciente a  la autora Linda Singer, que describía en tono de humor las cualidades del mediador y/o mediadora.
 
Os dejo este pequeño post reproduciendo el decálogo, una lectura rápida y amena para afrontar el último día de la semana.
 
 
1. La paciencia de Job.
2. La sinceridad de un inglés.
3. El ingenio de un irlandés.
4. La resistencia física de un maratonista.
5. La habilidad para escabullirse de un maratonista
 


6. La astucia de Maquiavelo.
7. La aptitud para conocer la personalidad de un psiqui
atra.
8. La capacidad para ganarse la confianza de un mudo.
9. La piel de un rinoceronte.
10. La sabiduría de Salomón.
 

 
 Bonito día para todos y feliz descanso!
 
 
                                                                       By Reyes Coto
 
 

martes, 7 de enero de 2014

EL MEDIADOR HA DE PROCURAR...

Cuando trabaja en un conflicto, el mediador tanto en la gestión del mismo como en su resolución, ha de tener en cuenta que tanto en la sesión informativa, como en las distintas sesiones, ha de:

SER: 
  • paciente
  • neutral
  • sereno
  • analítico
  • firme
  • tener capacidad de síntesis
  • objetivo
  • observador
AYUDAR A:
  • fomentar el dialogo entre las partes, evitando malentendidos
  • atenuar niveles de tensión y agresividad
  • aclarar problemas existentes
  • crear confianza entre las partes
Con estas breves pinceladas, el mediador ayuda a que la mediación se lleve a cabo con alta probabilidad de satisfacción entre las partes, al generarles autoestima, igualdad de poder, reconocimiento y control sobre la gestión y resolución de sus problemas de comunicación.




No dejes tus problemas en manos del azar, ponte en manos de mediadores profesionales, con una titulación y formación apta para gestionar y resolver, adecuadamente, a través de técnicas y habilidades psicosociales, tu problema.

                                                             By Reyes Coto Jiménez





domingo, 5 de enero de 2014

ETICA Y MEDIACION, CONDENADOS A ENTENDERSE


                En los tiempos actuales escuchamos hablar mucho de la Mediación y de la figura del Mediador/a pero en momentos de crisis como los que estamos viviendo a todos los niveles –económica, social, política,....- nos olvidamos de hablar y profundizar es una cuestión importante tanto a nivel personal como profesional y de valor esencial como es la ETICA.
La ética del ser humano como persona va a marcar con diferencia sus pautas profesionales y ello, va a condicionar el desarrollo de su carrera profesional y, en gran medida, sus éxitos. En estas líneas quiero construir puentes de diálogo para construir puentes de comunicación sobre la Ética en la Mediación.


                ¿Por qué la elección de este tema?, porque es importante que se empiece a reflexionar sobre aspectos éticos y de deontología que no puede identificarse como normas, pero que son esenciales en el quehacer diario de la profesión.  En un alarde creativo –permitidme la locura- definiría la Ética en Mediación como la capacidad de elección en su justa medida de qué convicciones queremos tener como personas frente a las convecciones sociales impuestas, incorporando a los demás en las deliberaciones y forma de proceder dentro de un marco de dignidad y libertad.


                No abunda normativa referente a Códigos Éticos o Deontológicos en Mediación –no obstante, hoy día parece que algunos colectivos y Colegios Profesionales españoles se interesan por redactar códigos éticos, lo cual me enorgullece- El primer Código Ético existente en Mediación –y ustedes me corrigen si me equivoco en la siguiente afirmación- fue desarrollado por el Gobierno de los Estados Unidos para el Servicio de Conciliación y Mediación Federal y a nivel europeo nuestra primera referencia a la Etica en Mediación nos viene de la Recomendación Nº 98 (1) del Comité de Ministros a los Estados Miembros sobre Mediación Familiar, aprobada en el año 1998.


                La motivación por formular principios o estándares para la conducta ética en Mediación proviene de la existencia de uno de los elementos claves en este procedimiento alternativo de gestión y resolución de conflictos: el MEDIADOR/A. La impresión que reciban las partes del Mediador/a en la sesión informativa va a suponer un importante cambio para los mismos: que se animen a iniciar el procedimiento de mediación o, por el contrario, que desanimados acudan a otros medios de resolución de conflictos, en ocasiones, inadecuados a su problemática, va a depender en gran del Mediador/a.
                Asimismo, el desarrollo y el resultado final de la Mediación va a depender también del Mediador/a (ó comediadores si la misma se lleva a cabo entre varios), el cual a través de su empatía, una adecuada formación y sus habilidades personales y técnicas realizará un trabajo de alta calidad profesional con los mediados, lo que conllevará una adecuada gestión del problema muy positiva para los mediados –principales protagonistas en todo el proceso mediador-.


                En una sociedad en quiebra, dónde la corruptela moral está haciéndose cada vez más evidente y acusada que la corruptela material, el ser humano cuando tiene un problema personal o profesional en la que es necesaria la intervención de una tercera persona especialista en la materia –médico, psicólogo, abogado,... no sólo busca ni exige que esa persona someta su actuación a las leyes sino también a unos principios éticos y morales dónde sienta que está protegido sus intereses y derechos.


                Desde el prisma legal, la Recomendación europea anteriormente citada dedica el punto III al proceso de Mediación destacando en 10 puntos los principios rectores de la actuación del mediador/a que, resumidamente, son: imparcialidad; neutralidad; respeto y legalidad; deber de no imposición de soluciones a las partes; garantía al respeto a la vida privada; confidencialidad; información y transparencia; protección del bienestar e interés de menores/discapacitados; coexistencia de mediadores u otros profesionales y, por último, el principio de no asesoramiento ni enjuiciamiento del mediador. Principios referido a la mediación familiar pero perfectamente aplicables a otras materias dentro de la mediación – con las salvedades propias de las particularidades que presenten cada una de ellas- que perfilan una actuación reglada pero flexible de la conducta del Mediador/a y del propio procedimiento mediador.


                Adentrándonos en la perspectiva ética, aquella que nos ofrece un plano de lo bueno y lo correcto acerca de la conducta del mediador/a en las sesiones de mediación. De forma generalizada es inevitable afirmar que los mediadores tienen obligaciones con respecto a otras normas éticas-deontológicas relacionadas con su formación universitaria de origen pero no debemos olvidad ni dejar pasar por alto que la mediación entendida ésta como actividad profesional ó como profesión con autonomía propia – cuestión a debate actualmente del cual no voy a analizar- tiene gran reminiscencia de otras disciplinas profesionales que ha hecho de la misma una figura con idiosincrasia propia.
De esa idiosincrasia propia que ha adquirido la Mediación es por lo que la figura del Mediador/a debe de poseer un Código deontológico con autonomía propia, creado por y para ellos mismos, con el fin de garantizar la integridad, profesionalidad, neutralidad e imparcialidad de los mismos ante:

LAS PARTES:
- Utilizando la prudencia y la veracidad, no realizando falsas promesas ni garantías con respecto a los resultados
- No actuando como profesional contratado por alguna de las partes para tratar ninguna cuestión que tenga relación con la materia a tratar en mediación
- Neutralidad e imparcialidad.

FRENTE AL PROCESO DE MEDIACION:
- Velando por secreto de las distintas sesiones
- Sugiriendo la participación de especialistas en la medida en que sea necesaria su presencia para una gestión optima del conflicto.
- Interrumpiendo, Suspendiendo o Finalizando el proceso frente a cualquier impedimento ético o moral, cuándo se considere que su continuación puede perjudicar a alguno de los mediados o cuándo así lo solicite las partes

FRENTE A OTROS MEDIADOR:
- Cuidando de no realizar criticas de anteriores mediación y respetando la actuaciones de otros mediadores en anteriores mediaciones
- Derivando a otro mediador cuando por la especifica problema a tratar se requiera una formación anterior previa
- Reuniéndose en equipo cuando sea necesario

Inclusive frente a la institución a la que pertenezcan, por ejemplo, no usando su posición para obtener beneficios o ventajas propias; ó, acatando normas por las que se rija la Institución, etc.
En definitiva, crear una deontología como un espacio propio de la Mediación.

By Reyes Coto, publicado en Lawyerpress el día  05/09/2013


 


 

viernes, 27 de diciembre de 2013

PRESENTACION

Os presento el nuevo blog Con buena letra, en esencia y contenido coincide con el blog Mediación y Derecho, pero tiene la peculiaridad que vamos a realizar publicaciones de temática y género variado. Hasta aquí os puedo adelantar, ya iréis descubriendo día a día el blog, paso a paso, con Buena Letra.
 
Este espacio es nuestro, hecho para satisfacer mi hobbie literario y para que vosotros compartáis vuestros comentarios y reflexiones en él. También esperamos vuestras sugerencias, constructiva por supuesto, para ir construyendo un blog que sea puente de comunicación entre blogueros y lectores del mismo.

 

Su creadora es Reyes Coto Jiménez, la que suscribe, nacida en una ciudad encantadora, Sevilla, que me acogió en su seno un tranquilo y soleado domingo de 1979, no importa qué día ni qué mes. Licenciada en Derecho por la Universidad Pablo de Olavide, soy abogada ejerciente desde el año 2011 en distintas materias jurídicas y, desde 2013, especialista en Mediación con varias publicaciones en revistas jurídicas y especializada en mediación.
 
Inquieta e ilusionada, ¿empezamos este nuevo año inaugurando este nuevo espacio?, para vosotros hecho con todo mi corazón y... Con buena letra.
 
 
                                                                                                                    By Reyes Coto